Micelio

Artículo 1

Decreto 289 de 1894 · Por el cual se adscribe al Ministerio de Hacienda lo relativo a las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez y a las de plata de Santa Ana

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Adscríbese al Ministerio de Hacienda lo relativo al manejo de las minas de Muzo y Coscuez y a las de plata de Santa Ana. En consecuencia, del Ministerio de Fomento pasarán al de Hacienda los documentos relativos a esos bienes nacionales. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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