En las divisiones delegadas de presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ante las ramas y organismos del Poder Público de que trata el artículo 3º de este Decreto, se llevará la contabilidad presupuestal y se ejercerá la vigilancia administrativa y económica de las actividades presupuéstales, sin perjuicio del control numérico legal que corresponde ejercer a la Contraloría General de la República. CAPITULO VI Clasificación de los Gastos
Artículo 57
En Las Divisiones Delegadas De Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Ante Las Ramas Y Organismos Del Poder Público De Que Trata El Artículo 3º De Este Decreto, Se Llevará La Contabilidad Presupuestal Y Se Ejercerá La Vigilancia Administrativa Y Económica De Las Actividades Presupuéstales, Sin Perjuicio Del Control Numérico Legal Que Corresponde Ejercer A La Contraloría General De La República
Decreto 2588 de 1988 · Sobre liquidación del presupuesto de rentas y recursos de capital, y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1989
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.