Micelio

Artículo 2

Toda Persona Que Haya Sido Capturada Por Motivo De Algún Delito O Contravención Y De La Cual Se Sospeche, Conjeture O Sepa Que Ejecutó El Hecho Habiendo Ingerido Licor, Será Sometida Inmediamente A La Prueba A Que Se Destinan Los Aparatos Mencionados Simpre Que No Hayan Pasado Más De Dos Horas De La Comisión Del Delito O Contravención

Decreto 2140 de 1954 · por el cual se aprueba el Decreto número 323 de 1954, expedido por la Gobernación del Departamento de Antioquia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Toda persona que haya sido capturada por motivo de algún delito o contravención y de la cual se sospeche, conjeture o sepa que ejecutó el hecho habiendo ingerido licor, será sometida inmediamente a la prueba a que se destinan los aparatos mencionados simpre que no hayan pasado más de dos horas de la comisión del delito o contravención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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