Micelio

Artículo 5

º

Decreto 547 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la expedición del Registro Sanitario, y a las condiciones sanitarias de producción, empaque y comercialización, al control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De los requisitos físico-químicos. La sal para consumo humano deberá cumplir con los siguientes requisitos: Requisitos Límite Mínimo Máximo Contenido cloruro de sodio, expresado como Na, Cl, % m/m base seca 99,00 Contenido de humedad entre 100ºC y 110ºC % m/m 0,20 Contenido de flúor, expresado como Fluoruro, en mg/kg (ppm) 180 220 Contenido de yodo, expresado como Yoduro, en mg/kg (ppm) 50 100 Contenido de sulfatos, expresado como SO4=, en mg/kg 2800 Contenido de calcio, expresado como Ca +2 en mg/kg 1000 Contenido de magnesio, expresado como Mg +2 en mg/kg 800 Otros insolubles en agua, en mg/kg 1600 Contaminantes 1 Plomo en mg/kg 1 Arsénico en mg/kg Granulometría Pasa Malla 20 80,00 Pasa Malla 70 20,00

Parágrafo

Se permite el uso de los siguientes anticompactantes y antihumectantes: Ferrocianuro de potasio hasta 10 mg/kg de sal; Ferrocianuro de sodio hasta 10 mg/kg de sal; Silicoaluminato de sodio hasta 200 mg/kg de sal. La utilización de sustancias anticompactantes y antihumectantes diferentes a las contempladas en el presente Decreto, deberán ser sometidas a estudio y aprobación del Ministerio de Salud. CAPITULO III. De los requisitos y condiciones sanitarias, proceso, reempaque o reenvase y comercialización de la sal para consumo humano

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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