Micelio

Artículo 100

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las atribuciones generales de los Jefes de Oficina, del Director General del Protocolo y de los Subsecretarios. Son atribuciones generales de los Jefes de Oficina, del Director General del Protocolo y de los Subsecretarios:

a)

Dirigir y coordinar los asuntos y programas a cargo de la respectiva dependencia;

b)

Representar al Ministerio en actos y reuniones de carácter diplomático, técnico, administrativo o social, cuando de acuerdo con sus funciones les corresponda o se les delegue para tales efectos;

c)

Elaborar y evaluar los asuntos atinentes a las dependencias a su cargo, en asocio con sus inmediatos colaboradores;

d)

Asesorar al Ministro en los asuntos de su competencia;

e)

Responder al Ministro, al Viceministro o al Secretario General, según el caso, sobre los asuntos a cargo;

f)

Colaborar con la Subsecretaría de Asuntos Administrativos en la preparación del proyecto de presupuesto del Ministerio;

g)

Calificar, de acuerdo con los reglamentos, a los funcionarios de la dependencia a su cargo;

h)

Mantener contacto permanente con las entidades responsables a nivel interno de los asuntos atinentes a sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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