Finalización de la internación temporal. La autorización de internación temporal finalizará en los siguientes eventos:
Con la salida definitiva del país del vehículo, motocicleta o embarcación fluvial menor, al vencimiento del término de autorización de la internación temporal.
Con la aprehensión y decomiso del bien, por incumplimiento de una de las obligaciones previstas en este decreto o su permanencia ilegal en el territorio aduanero nacional, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad aduanera vigente. La aprehensión y decomiso no se aplicarán respecto de incumplimientos que tengan previsto sanción de multa, en la regulación aduanera vigente.
Con la destrucción del bien por fuerza mayor o caso fortuito, demostrado ante autoridad aduanera.
Por orden de autoridad competente.
TEXTO CORRESPONDIENTE A