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Artículo 235

Terminación De La Importación Temporal En Desarrollo De Los Programas De Bienes De Capital Y Repuestos Al Amparo De Lo Previsto En Los Artículos 173, Literal C) Y 174 Del Decreto-Ley 444 De 1967 Y En Los Programas De Exportación De Servicios Por Cumplimiento De Compromisos

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminación de la importación temporal en desarrollo de los programas de bienes de capital y repuestos al amparo de lo previsto en los artículos 173, literal c) y 174 del Decreto-ley 444 de 1967 y en los programas de exportación de servicios por cumplimiento de compromisos. Cuando se hubieren cumplido los compromisos de exportación de los bienes importados en desarrollo de los Sistemas Especiales de Importación-Exportación para la exportación de servicios o al amparo de los artículos 173 literal c) o 174 del Decreto-ley 444 de 1967, el titular del programa de Sistemas Especiales de Importación-Exportación dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de expedición de la certificación de cumplimiento por parte de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, deberá reexportar los bienes importados o modificar la Declaración aduanera de importación para declararlos en importación ordinaria, liquidando y pagando en este último caso el impuesto sobre las ventas correspondiente. Vencido este término sin que el usuario hubiere reexportado o modificado la Declaración de Importación inicial, procederá la aprehensión y decomiso de la mercancía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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