Micelio

Artículo 2

A La Solicitud Se Acompañará Una Exposición Que Justifique Que La Empresa Está Basada En Estudios Serios, Que Dispone De Medios O Recursos Suficientes Para Realizar La Instalación Y Que Es Viable La Explotación

Decreto 1551 de 1931 · Por el cual se reglamenta en parte la Ley 113 de 1928, sobre estudio técnico y aprovechamiento de caídas de agua

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A la solicitud se acompañará una exposición que justifique que la empresa está basada en estudios serios, que dispone de medios o recursos suficientes para realizar la instalación y que es viable la explotación. A esta solicitud se acompañarán, además, los siguientes documentos

a)

Croquis de los terrenos ribereños del río, corriente, caño, canal, fuente o depósito natural, de donde se pretende a aprovechar la fuerza hidráulica, que queden comprendidos entre el punto de derivación y aquel en que se restituyan las aguas a la corriente principal, con iniciación de la acequia correspondiente, de la extensión de tales terrenos sobre el río, corriente, caño etc., y del nombre de sus dueños; y una exposición sobre la calidad del terreno y la clase de materiales que se emplearán en la construcción de la presa, acequia, tanque de presión y demás obras necesarias para la derivación de las aguas; y

b)

Aforo de las aguas mínimas, medias y máximas del río, corriente etc., en el sitio donde haya de hacerse la derivación, y memoria descriptiva de las operaciones practicadas para determinar el volumen de dichas aguas. Si no satisface el aforo presentado con la solicitud, el Ministerio podrá conceder un plazo prudencial para que el interesado subsane las deficiencias que se hayan anotado.

Parágrafo

Si el Terreno por donde se pretende hacer la derivación es de propiedad del solicitante, éste presentará con la petición el respectivo título de dominio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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