°. Capacidades y estándares técnicos. Las capacidades y estándares técnicos que deben demostrar los municipios para asumir la prestación del servicio de salud son: 6.1. Area de dirección territorial de salud: 61.1. Sisbén actualizado y funcionando, bajo parámetros de calidad definidos por el Departamento Nacional de Planeación. 6.2. Area de Régimen Subsidiado: 6.2.1. Porcentaje de cargue de afiliados en la Base de Datos Unica de Afiliados - BDUA igual o superior al 90% de los afiliados contratados, al momento de presentar la solicitud. 6.2.2. 100% de carnetización de los cupos contratados al momento de presentar la solicitud. 6.2.3. Certificación de existencia y seguimiento de los informes de interventoría de los contratos del régimen subsidiado celebrados durante el periodo institucional del Alcalde Municipal. 6.3. Area de salud pública: 6.3.1. 95% de cobertura de vacunación con el esquema del Plan Ampliado de Inmunizaciones (PAI) verificada por la encuesta de cobertura según la metodología que defina el Ministerio de la Protección Social. 6.3.2. Acreditar la gestión para el mejoramiento de la calidad del agua para el consumo humano de conformidad con las directrices departamentales basadas en la vigilancia. 6.3.3. Acreditar la implementación de las estrategias para la reducción de la mortalidad materna. 6.3.4. Acreditar la implementación de la estrategia de Atención Integral de las Enfermedades Prevalentes de la Infancia (AIEPI), de manera integral. 6.3.5. 90% de las unidades primarias generadoras de datos del municipio notificando los eventos de obligatorio reporte al Sistema de Vigilancia Epidemiológica - Sivigila. 6.4. Area de Prestación de servicios: 6.4.1. Empresa Social del Estado inscrita en el Registro Especial de Prestadores. 6.4.2. Portafolio de servicios de la Empresa Social del Estado cumpliendo lo definido en la red del departamento, y las normas relacionadas que regulan y controlan la oferta.
Decreto 4973 de 2009 →Vigente
Artículo 6
Capacidades Y Estándares Técnicos
Decreto 4973 de 2009 · por el cual se establecen los requisitos y procedimientos para la certificación de la asunción de la prestación de los servicios de salud y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.