Micelio

Artículo 2

Decreto 4807 de 2008 · por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 2894 de 2007.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modifícase el

Parágrafo 2

del artículo 3º del Decreto 2894 de 2007, el cual quedará así: "

Parágrafo 2

Durante todo el proceso liquidatorio de los negocios fiduciarios se podrán celebrar acuerdos entre los acreedores de los respectivos negocios siempre y cuando los acreedores representen por lo menos el cincuenta por ciento (51%) de los acreedores y/o el cincuenta por ciento (50%) más un peso del valor total de las acreencias".

Parágrafo 2

Artículo 3 DECRETO 2894 de 2007

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4807 de 2008