Micelio

Artículo 7

Ley 72 de 1925 · Por la cual se modifican las Leyes 120 de 1919 y 14 de 1923, y se dictan otras disposiciones sobre hidrocarburos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo contrato para explotar hidrocarburos en los terrenos de que trata el Artículo 3º, de la Ley 14 de 1923 caducara cuando el concesionario, pasados dos años a contar del perfeccionamiento del contrato, no haya llevado al lugar de la explotación los elementos necesarios para perforar en condiciones técnicas, a juicio del Gobierno, un pozo por lo menos en cada uno de los lotes que comprendan la concesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1925