Micelio

Artículo 3

Decreto 1455 de 1956 · Por el cual se autoriza la emisión de una estampilla y se conceden facultades al Departamento de Bolívar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Tercero El Comité Organizador de los Juegos, de acuerdo con la Contraloría Departamental de Bolívar, invertirá los fondos provenientes de la emisión en los gastos que demande la organización de los VIII Juegos Atléticos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1455 de 1956