Las cámaras de comercio no podrán hacer una segunda devolución para que el usuario subsane nuevamente el documento por razones adicionales que no se informaron en el primer requerimiento. Cuando la cámara de comercio encuentre nuevos elementos que sean necesarios para la solicitud de inscripción, deberá contactar por el medio más rápido y eficiente al usuario e informar los requisitos adicionales que le faltan para que se pueda inscribir el documento. La cámara de comercio deberá dejar evidencia del contacto con el usuario. Subsanado el requerimiento o gestión por parte del usuario, la cámara de comercio podrá realizar la inscripción. Cuando el usuario no subsane lo informado o no desarrolle la gestión solicitada dentro del término señalado por la cámara de comercio, ésta hará una devolución de plano, sin perjuicio de las sanciones que un requerimiento incompleto le pueda acarrear a la cámara de comercio.
Artículo 1.1.8.4
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.