Cédese, a favor de la Oficina de Fomento y Turismo de Manizales, el producto de los impuestos nacionales de espectáculos que se realicen para las ferias anuales de Manizales y con destino a financiar los gastos que demanda la realización del certamen y los demás actos populares programados en las mismas.
Ley 26 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Ley 26 de 1958 · Por la cual se cede una renta a favor de la Oficina de Fomento y Turismo de Manizales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.