Micelio

Artículo 5

O

Decreto 1675 de 1991 · por el cual se autoriza el funcionamiento de Zonas Francas Transitorias en el recinto del Centro de Exposiciones y Convenciones de Medellín S.A., para eventos de carácter internacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 5o . De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 del Decreto 2666 de 1984, el Centro de Exposiciones y Convenciones de Medellín S.A., responderá ante la Nación por los derechos de importación de aquellas mercancías que sean sustraídas en la Zona Franca Aduanera Transitoria o perdidas en ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1675 de 1991