Micelio

Artículo 3

Para Unidad De Doctrina, Definese Como: A) Movilización : Operación Por La Cual Se Reúnen, Activan Y Organizan Tropas, Materiales Y Demás Recursos Del Potencial Nacional, Para Fines De Guerra O De Cualquiera Otra Emergencia Nacional

Decreto 556 de 1965 · Por el cual se reglamentan los artículos 9° de la Ley 1ª de 1945, 60 y 61 de la Ley 126 de 1959, y 98 del Decreto legislativo 501 de 1955, sobre llamamiento de reservas de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para unidad de doctrina, definese como

a)

Movilización : Operación por la cual se reúnen, activan y organizan tropas, materiales y demás recursos del potencial nacional, para fines de guerra o de cualquiera otra emergencia nacional. La movilización es general cuando se movilizan los recursos de la nación en todo su territorio. Es parcial cuando contempla uno o varios aspectos de la movilización general en todo o en parte del territorio nacional, o cuando se efectúa la movilización general en una determinada zona del territorio.

b)

Llamamiento especial : El que se hace a las reservas en tiempo de paz para fines de instrucción, maniobras, revisión y orden publico, en forma transitoria y sin que implique la incorporación permanente al servicio activo de las Fuerzas Militares;

c)

Reincorporación o llamamiento al servicio activo : Acto del Gobierno para oficiales o del Ministerio de Guerra para suboficiales, por el cual se pasa de la situación de retiro temporal o de reserva de primera clase a la de actividad, a del interesado o por razones del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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