°. De acuerdo con el artículo 9° del Decreto-Ley número 183 de 1975, el Ministerio de Defensa Nacional desarrollará las siguientes actividades de carácter cultural y de recreación en beneficio de sus empleados y familiares de estos: a. Promover planes vacacionales mediante sistemas de crédito y utilización de servicios de alojamiento y transporte económico; b . Gestionar descuentos especiales y demás facilidades y beneficios, en planes y programas de turismo, transporte y actividades complementarias; c. Mantener sitios de recreación y ampliar las instalaciones existentes para tal fin y promover y financiar centros vacacionales, sitios de campamento, hospederías y albergues, principalmente para atender el personal de menores recursos económicos; d. Promover y financiar planes educativos con becas de estudio en los niveles primario, secundario y universitario, así como apoyar económicamente institutos de educación de las Fuerzas Militares; e. Las demás funciones que se relacionan con el bienestar cultural y de recreación del Ministerio de Defensa y de los familiares de dicho personal (sic).
Decreto 2484 de 1975 →Vigente
Artículo 3
De Acuerdo Con El Artículo 9° Del Decreto-Ley Número 183 De 1975, El Ministerio De Defensa Nacional Desarrollará Las Siguientes Actividades De Carácter Cultural Y De Recreación En Beneficio De Sus Empleados Y Familiares De Estos: A
Decreto 2484 de 1975 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 183 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.