Micelio

Artículo 3

Ley 91 de 1960 · Por la cual se ordena la creación de una Colonia de Vacaciones en el Departamento de Nariño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno Nacional para que, por conducto del Ministerio de Educación, tome las medidas indispensables que garanticen el eficaz y cabal cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°. De esta Ley, e incluya la partida de que habla el anterior articulo dentro de su Presupuesto global en las próximas vigencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 91 de 1960