Micelio

Artículo 7

º

Decreto 367 de 1994 · por el cual se estructura la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 7 º. FUNCIONES DE LA DIVISION DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES . Son funciones de la División

1.

Diseñar y promover la puesta en marcha de programas generales para elevar la capacidad de gestión de las entidades territoriales y mejorar la utilización de los recursos transferidos, con especial énfasis en los requerimientos de la Ley 60 de 1993, sus decretos reglamentarios y normas que la adicionen, sustituyan o modifiquen.

2.

Establecer y promover mecanismos de coordinación y comunicación con las unidades sectoriales del DNP, con los Ministerios, con el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás Departamentos Administrativos, para orientar la política de desarrollo institucional y los sistemas de seguimiento a la descentralización de competencias.

3.

Mantener diagnósticos actualizados y hacer seguimiento y evaluación de los programas de apoyo institucional hacia las entidades territoriales.

4.

Revisar la distribución de competencias entre las entidades territoriales y hacer recomendaciones de política para el fortalecimiento, re-orientación o ajuste del proceso de descentralización.

5.

Administrar el sistema de información sobre desarrollo institucional territorial, como base para realizar el seguimiento y evaluación.

6.

Establecer los criterios y coordinar el montaje de programas orientados a garantizar la calidad de los servicios de apoyo al desarrollo institucional.

7.

Coordinar y orientar los planes de divulgación, capacitación y asesoría a las Entidades Territoriales, sus funcionarios, autoridades y la comunidad, sobre las materias de la Ley 60 de 1993, sus decretos reglamentarios y normas que la adicionen, sustituyan o modifiquen.

8.

Analizar y preparar los conceptos que deba emitir el DNP sobre la capacidad institucional de las entidades territoriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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