Micelio

Artículo 2

Decreto 624 de 1885 · Por el cual se organizan los Estados Mayores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 2.° El Estado Mayor de cada Columna o Brigada, se compondrá de un General de Brigada ó Coronel, Jefe de ella; de un primer Ayudante general, de empleo inferior el del Jefe y que será por orden gerárquico el 2.° Jefe de ella y encargado del detalle; de un Sargento Mayor 2.° Ayudante general, y de uno á cuatro Ayudantes de campo subalternos. Estos pueden ser nombrados entre los mismos Oficiales de los cuerpos, cuando de ello no resulte perjuicio grave al servicio público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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