Requisitos para los auxilios. Para que los Sanatorios de Agua de Dios y Contratación procedan a girar los auxilios a que se refieren las Leyes 148 de 1961 y 14 de 1964, los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos
Presentar una solicitud por escrito, ante el director del Sanatorio;
Adjuntar copia de la resolución que concede el subsidio;
Presentar el certificado de control expedido por el organismo donde el beneficiario de encuentre inscrito. (Artículo 2° del Decreto 802 de 1976)