Artículo primero. Apruébanse los planes y proyectos arquitectónicos para las siguientes obras de construcción, ampliación y mejoras de escuelas primarias, estudiados y revisados por la Sección de Arquitectura y la Subsecretaría Administrativa del Ministerio de Educación, e igualmente Destínanse las siguientes cantidades para la ejecución de las mismas, así: Para las concentraciones escolares en la Intendencia de La Guajira 150.000.00 Para las escuelas urbanas (ampliación) en el Municipio de Ubaque (Cundinamarca) 10.000.00 Para el internado indígena (terminación) " José María Hernández", de Puerto Leguízamo 50.000.00 Para la escuela rural de la vereda del Saucío, Municipio de Chocontá (Cundinamarca) 10.000.00 Para la escuela rural de la vereda de San Miguel, Municipio de San Carlos (Antioquia) 10.000.00
Las sumas estipuladas en este artículo serán tomadas del Capítulo 396, artículo 5069 del Presupuesto Nacional vigente del Ministerio de Educación.