Micelio

Artículo 15

Ley 1 de 1976 · LEY 1 DE 1976, 19/01/1976, por la cual se establece el divorcio en el matrimonio civil, se regulan la separación de cuerpos y de bienes en el matrimonio civil y en el canónico, y se modifican algunas disposiciones de los Códigos Civil y de Procedimiento Civil en materia de Derecho de Familia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Precedido de un cuarto parágrafo intitulado:

"De la separación de cuerpos", el artículo 165 del Código Civil quedará así:

Parágrafo 4

De la separación de cuerpos. Artículo 165. Hay lugar a la separación de cuerpos en los siguientes casos:

1.

En los contemplados en el artículo 154 de este Código, y

2.

Por mutuo consentimiento de los cónyuges, manifestado ante el juez competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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