Articulo 1°. La clasificación de invenciones patentables a la cual se refiere el ordinal 3º. del artículo 543 del Decreto 410 de 1971 será la siguiente: SECCIONES, SUBSECCIONES Y CLASES Sección A. Necesidades corrientes de la vida. Subsección. Actividades rurales. Clases: A. 01. Agricultura. Silvicultura. Cría. Caza. Captura. Pesca. Subsección. Alimentación y tabaco. A.21. Panadería. Pastas alimenticias. A.22. Carnicería. Tratamiento de las carnes. Tratamiento de la volatería. Tratamiento del pescado. A. 23. Productos alimenticios y su tratamiento no cubiertos por otras clases. A. 24. Tabaco. Cigarros. Cigarrillos. Artículos para fumadores. Subsección. Objetos de uso personal y de casa. A.41. Vestidos. A.42. Sombrerería. A.43. Calzados. A.44. Mercería. Bisutería. A.45. Objetos de uso personal y artículos de viaje. A.46. Cepillería. A.47. Mobiliario. Artículos y aparatos de uso doméstico (escaleras al A.64). Molinos de café. Molinos de especias. Aspiradores en general. Subsección. Sanidad, protección y diversiones. A.61. Ciencias Médicas y Veterinaria. Higiene. A.62. Salvamento. Lucha contra incendios. A.63. Deportes. Juegos. Distracciones. Sección B. Técnicas industriales diversas. Transportes. Subsección. Separación y mezcla. B.01. Procedimiento y aparatos físicos y químicos, en general. B.02. Trituración. Reducción a polvo o desagregación. Tratamiento preparatorio de los granos para la molienda. B.03. Separación de sólidos por utilización de líquidos. Separación magnética y electrostática. B.04. Aparatos o máquinas centrifugadoras utilizadas en los procedimientos físicos o químicos. B.05. Pulverización y atomización en general. Aplicación de los líquidos sobre las superficies en general. B.06. Producción y transmisión de las vibraciones mecánicas en general. B.07. Separación de sólidos. Clasificación. B.08. Limpieza. Subsección. Conformación. B.2l. Trabajo mecánico de los metales sin arranque sustancial de material. Corte de metal con arranque de material. B. 22. Fundición. Metalurgia de los polvos metálicos. B.23. Máquinas, herramientas. Trabajo de los metales, no comprendidos en otros lugares. B.24. Rectificación con muelas. Pulimento. B.25. Herramientas de mano. Herramientas de motor portátiles. Manipuladoras o accionadoras manuales. B.26. Herramientas para tallar a mano. Máquinas o dispositivos cortantes no especialmente adaptados a los materiales o fines particulares. B. 27. Trabajo y conservación de la madera y de otros materiales similares. Máquinas para clavar, grapar o coser en general. B.28. Trabajo del cemento, de la arcilla y de la piedra. B.29. Trabajo de las materias plásticas. Trabajo de las sustancias en estado plástico en general. Trabajo de las sustancias no previstas en otros lugares. B.30. Prensas. B.31. Fabricación de artículos de papel. Trabajos del papel. B.32. Productos estratificados. Subsección. Imprenta. Librería. Decoración. B.4l. Imprenta. Componedores de líneas. Máquinas de escribir. Sellos. B. 42. Encuadernación. Álbumes. Clasificadores. Impresiones especiales. B.43. Material para escribir y dibujar. Accesorios de oficina. B.44. Escultura. Arte decorativo. Pintura. Enlucidos. Subsección. Transportes y manutención. B.60. Vehículos en general. B.61. Ferrocarriles. B.62. Vehículos terrestres que se desplazan sin raíles. B.63. Buques y otros ingenios flotantes. Estructuras y armamentos. B.64. Aeronáutica. Aviación. Astronáutica. B.65. Manutención. Embalaje. Almacenado. Manipulación de los materiales de forma plana o filiforme. B.66. Elevadores con guías. Elevadores sin guías. Elevadores en los que la fuerza de elevación se aplica directamente sobre la superficie de la carga. B.67. Manipulación de los líquidos. B.68. Guarniciones. Almohadillado. Sección C. Química y metalurgia. Subsección. Química. C.01. Química mineral. C.02. Tratamiento del agua, de las aguas residuales y de las aguas de las alcantarillas. C.03. Vidrios. Lana Mineral y de escorias. C.04. Cementos. Cerámicas, etc. Materiales para aislamiento acústico o térmico. C.05. Fabricación de los abonos. C.06. Explosivos. Cerillas. C.07. Química orgánica. C.08. Compuestos macromoleculares. Su preparación y su puesta en fabricación química. Composiciones a base de compuestos macromoleculares. C.09. Colorantes. Pinturas. Productos de pulimentado. Resinas naturales. Adhesivos. Composiciones diversas. C.10. Industria del petróleo, del gas y del coque. Gas de síntesis conteniendo óxido de carbono. Combustibles. Lubricantes. Turbas. C.11. Aceites, grasas, materias grasas y ceras animales y vegetales. Sus ácidos grasos. Detergentes. Velas. C.12. Industrias de la fermentación. Cerveza. Espirituosos. Vino. Vinagre Levadura. C.13. Industria del azúcar y del almidón. C.14. Pieles. Peletería. Cueros. Subsección. Metalurgia. C.21. Metalurgia del hierro. C.22. Metalurgia. Aleaciones ferrosas y no ferrosas. Tratamientos de las aleaciones y metales no ferrosos. C.23. Trabajo y tratamiento de metales por procedimientos no mecánicos. Revestimiento de materiales con metales. Medios para impedir la corrosión y las incrustaciones en general. Sección D. Textiles y papel Subsección. Textiles. D.01. Hilos y fibras naturales y artificiales, hilado. D.02. Hilos. Acabado mecánico de hilos y cuerdas. Urdido y abrillantado. D.03. Elaboración del tejido. D.04. Trenzado Fabricación del encaje. Elaboración del tejido de punto. Pasamanería. Paños no tejidos. D.05. Costura. Bordado. Introducción de pelo o mechones de pelo por hincado. D.06. Tratamiento de los textiles, etc. Lavado. Materiales flexibles no previstos en otros lugares. D.07. Cuerdas. Cables no eléctricos. Subsección. Papel. D.21. Fabricación del papel. Producción de la celulosa. Sección E. Construcciones fijas. Subsección. Obras públicas y edificaciones. E.01. Construcción de carreteras, de vías férreas y de puentes. E.02. Obras hidráulicas. Fundaciones. Terraplenados. E.03. Conducciones de agua. Evacuación de las aguas. E.04. Edificaciones. E.05. Cerraduras. Llaves. Guarniciones de puertas y ventanas. Cajas fuertes. E.06. Puertas y ventanas, contraventanas, persianas enrollables en general. Escaleras. Subsección. Explotación minera. E.21. Explotación minera. Sección F. Mecánica, alumbrado, calefacción y armamento . Subsección. Motores y bombas. F.01. Máquinas o máquinas motrices en general. Conjuntos funcionales de máquinas motrices en general. Máquinas de vapor. F.02. Motores de combustión. Instalaciones funcionales de motores a gases calientes de productos de combustión. F.03. Máquinas o máquinas motrices para líquidos. Mecanismos motores de viento, muelles, pesos, inercia o similares. Producción de energía mecánica o de empuje propulsor por reacción, no prevista en otros lugares. F. 04. Máquinas para líquidos con desplazamiento positivo. Bombas de líquidos o con fluidos comprensibles. Subsección. Tecnología en general. F .15. Dispositivos de maniobra con fluídos a presión. Hidráulica y técnica neumática en general. F.16. Elementos y piezas de empalme tecnológico. Medidas generales para asegurar el buen funcionamiento de máquinas e instalaciones. F.17. Almacenado y distribución de gases y líquido. Subsección. Alumbrado y calefacción. F.21. Alumbrado. F.22. Producción del vapor. F.23. Aparatos de combustión. Procedimientos de combustión. F.24. Calefacción. Hornillos. Ventilación. F.25. Refrigeración y enfriamiento. Fabricación y almacenamiento de hilo. Liquefacción y solidificación de los gases. F.26. Secado de un material sólido y de objetos por eliminación del líquido que contienen. F.27. Hornos. Retortas de destilación. F.28. Intercambiadores de calor en general. Subsección. Armamento voladura con explosivos. F.31. Armas. F.32. Municiones. Voladuras con explosivos. Sección G. Física. Subsección. Instrumentos. G.01. Metrología. Verificaciones. G.02. Óptica. G.03. Fotografía. Cinematografía. Electrografía. G.04. Horometría. G.05. Mando. Regulación. G.06. Cálculo. Contabilidad. G.07. Dispositivos de control. G.08. Señalización. G.09. Enseñanza. Criptografía. Publicidad. G.10. Instrumentos de música. Acústica. G.11. Registro de la información. G.12. Detalles y partes constitutivas de los instrumentos. Subsección. Técnica nuclear. G.21. Física nuclear. Técnica nuclear. Sección H. Electricidad. Subsección. Electricidad. H.01. Elementos eléctricos fundamentales. H.02. Producción, transformación y distribución de la energía eléctrica. H.03. Circuitos electrónicos fundamentales. H.04. Técnica de la comunicación eléctrica. H.05. Técnicas eléctricas no previstas en otros lugares.
Decreto 755 de 1972 →Vigente
Artículo 1
La Clasificación De Invenciones Patentables A La Cual Se Refiere El Ordinal 3º
Decreto 755 de 1972 · Por el cual se reglamentan los artículos 543, 591 y 574 del Decreto-Ley 410 de 1971, y se establecen las clasificaciones para patentes, marcas, modelos y dibujos industriales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.