La obligación de explotar o trabajar formalmente las minas en los términos de que tratan los artículos 5º y 6º del Decreto legislativo número 223 de 1932, se hará constar en el título respectivo como condición resolutoria de la adjudicación de la mina en favor del Estado.
Ley 13 de 1937 →Vigente
Artículo 9
Ley 13 de 1937 · Por la cual se dictan unas disposiciones sobre minas y se provee a la revisión del Código sobre la materia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.