° Previos los requisitos legales, el Distrito Especial de Bogotá podrá pignorar total o parcialmente el producto de las estampillas de que trata el presente Decreto, para garantizar con tal producto las operaciones de crédito que fueren necesarias para financiar la construcción de las oficinas y dependencias administrativas distritales.
Artículo 9
Previos Los Requisitos Legales, El Distrito Especial De Bogotá Podrá Pignorar Total O Parcialmente El Producto De Las Estampillas De Que Trata El Presente Decreto, Para Garantizar Con Tal Producto Las Operaciones De Crédito Que Fueren Necesarias Para Financiar La Construcción De Las Oficinas Y Dependencias Administrativas Distritales
Decreto 270 de 1967 · por el cual se reglamenta la emisión, operaciones gravables y el recaudo de estampillas con destino a la financiación de las construcciones necesarias para la instalación de las oficinas y dependencias del Distrito Especial de Bogotá, en desarrollo de la Ley 91 de 1965.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.