Micelio

Artículo 69

La Calificación De Servicios Se Referirá A Los Siguientes Factores: A) Disciplina Y Lealtad; B) Puntualidad; C) Cumplimiento De Compromisos Particulares; D) Conducta Social Del Funcionario Y De Las Personas Que De Él Dependen; E) Experiencia En Las Distintas Zonas Político-Económicas; F) Presentación Al Respectivo Jefe De Iniciativas Útiles; G) Preparación Técnica E Intelectual Para El Cumplimiento De Sus Funciones; H) Cultura General; I) Redacción, Preparación De La Correspondencia Y Capacidad De Exposición Oral, Y J) Idiomas Que Se Calificarán Cada Uno Por Separado

Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La calificación de servicios se referirá a los siguientes factores

a)

Disciplina y lealtad;

b)

Puntualidad;

c)

Cumplimiento de compromisos particulares;

d)

Conducta social del funcionario y de las personas que de él dependen;

e)

Experiencia en las distintas zonas político-económicas;

f)

Presentación al respectivo Jefe de iniciativas útiles;

g)

Preparación técnica e intelectual para el cumplimiento de sus funciones;

h)

Cultura general;

i)

Redacción, preparación de la correspondencia y capacidad de exposición oral, y

j)

Idiomas que se calificarán cada uno por separado. Además, en cuanto se refiere a los funcionarios del servicio exterior, se calificarán respecto al tiempo durante el cual desempeñan cargos de esta naturaleza: a) Discreción y reserva sobre los asuntos de la misión; b) Instalación decorosa del funcionario; c) Relaciones con sus colegas y, con la Cancillería y autoridades locales del país donde ha sido acreditado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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