Micelio

Artículo 4

Quórum Y Mayorías

Decreto 63 de 2002 · por medio del cual se reglamentan parcialmente los artículos 29, 30, 40 y 42 de la Ley 550 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Quórum y mayorías . La reunión podrá realizarse sí concurren por lo menos la mitad más uno de la totalidad de los pensionados a cargo de la empresa. La elección del representante se hará por mayoría absoluta del total de los asistentes, mediante votación por cabeza de cada uno de los pensionados presentes o de los ausentes debidamente representados en la reunión, sin tener en cuenta el monto de la pensión ni el cálculo actuarial que corresponda a cada uno. Del desarrollo de la reunión se levantará un acta que deberá ser suscrita por los funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social participantes, y por el representante de los pensionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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