Micelio

Artículo 2

Decreto 485 de 1888 · Por el cual se reorganiza el Resguardo de las Salinas de Boyacá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del servicio, el Resguardo se dividirá en tres grupos, así: El de Chita y Muneque, compuesto de tres Cabos y diez y nueve Guardas. El de Chámeza, compuesto de un Cabo y seis Guardas, y El de Monguá, compuesto de un Cabo y tres Guardas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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