Micelio

Artículo 7

Modifícase El Artículo 16 Del Decreto 556 De 1998, El Cual Quedará Así: " Artículo 16

Decreto 1367 de 2000 · por el cual se modifica el decreto 556 de 1998 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el artículo 16 del Decreto 556 de 1998, el cual quedará así: " Artículo 16. Instalación de redes . La autorización para la instalación, ampliación, renovación o ensanche de la red utilizada para prestar el servicio portador se otorga con el título habilitante y estas modificaciones no requieren autorizaciones posteriores. No obstante, para efectos informativos, dentro del primer trimestre de cada año el concesionario deberá enviar al Ministerio de Comunicaciones la información de actualización de la red del año inmediatamente anterior, con los conceptos definidos en los literales a), b) c) y d) del artículo 14 del presente decreto. Las redes que se instalen para la prestación del servicio portador deben cumplir con la reglamentación que para el efecto se encuentre vigente. Se exceptúan de la anterior autorización los permisos para el uso del espectro radioeléctrico, los cuales se rigen por las normas vigentes sobre la materia".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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