º . Efectúanse los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1982, así: CONTRACREDITOS PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 2 Dirección General de Impuestos Nacionales Servicios personales. Artículo 112 4 11. 1403. Prima técnica $ 75.000 Total Contracrédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público 75.000 Registraduría Nacional del Estado Civil. CAPITULO 1 Registraduría Nacional del Estado Civil -Cedulación-. Servicios personales. Artículo 121 2 11. 3271. Sueldos del personal de nómina 114.153.735 121 11 11. 3278. Prima de Navidad 62.400.000 121 14 11. 3281. Subsidio familiar 3.600.000 121 18 11. 3284. Remuneración servicios técnicos 1.328.723 CAPITULO 2 Registraduría Nacional del Estado Civil -Menores- Servicios personales Artículo 121 2 11. 3271. Sueldos del personal de nómina. 29.256.000 121 11 11. 3278. Pringa de Navidad 10.000.000 Total Contracréditos Registraduría Nacional del Estado Civil $ 220.738.458 Suman los Contracréditos $ 220.813.458 C R E D I T O S PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. Artículo 112 4 11 1403. Prima técnica. $ 75.000 Total Crédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público $ 75.000 Registraduría Nacional del Estado Civil. CAPITULO 1 Registraduría Nacional del EstadoCivil -Cedulación- Servicios personales. Artículo 121 6 11. 3273. Sueldos del personal supernumerario. 220.738.453 Total Crédito Registraduría Nacional del Estado Civil. $ 220.738.453 Suman los Créditos. 220.813.453
Decreto 1146 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1146 de 1982 · Por la cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Registraduria Nacional del Estado Civil) por $ 220.813.458
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.