Las liquidaciones de revisión y de aforo deberán contener:
Fecha: en caso de no indicarse, se tendrá como tal la de su notificación;
Período gravable a que corresponda;
Nombre o razón social del contribuyente;
Número de identificación tributaria;
Bases de cuantificación del tributo;
Monto de los tributos y sanciones a cargo del contribuyente;
Explicación sumaria de las modificaciones efectuadas en lo concerniente a la declaración o de los fundamentos del aforo;
Firma o sello del control manual o automatizado.