° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de 1a vigencia de 1971, en la cantidad de diez millones de pesos ($ 10.000.000.00) moneda corriente, según la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS. Inversión Indirecta . Programa 11. 584 264 Artículo 31. Aporte de la Nación al Fondo Nacional de Caminos Vecinales, a través del Fondo Vial Nacional para estudios, construcción, reconstrucción y conservación de Caminos Vecinales, distribuido en la siguiente forma: $ 10.000.000.00 Proyecto 2 Seccional de Antioquia $ 823.367.00 Proyecto 3 Seccional del Atlántico 419.246.00 Proyecto 4 Seccional de Bolívar 410.443.00 Proyecto 5 Seccional de Boyacá 482.065.00 Proyecto 6 Seccional de Caldas 407.242.00 Proyecto 7 Seccional del Cauca 384.435.00 Proyecto 8 Seccional del Cesar 34.615.00 Proyecto 9 Seccional de Córdoba 390.837.00 Proyecto 10 Seccional de Cundinamarca 921.797.00 Proyecto 11 Seccional del Chocó 290.407.00 Proyecto 12 Seccional del Huila 343.223.00 Proyecto 13 Seccional de La Guajira 290.807.00 Proyecto 14 Seccional del Magdalena 377.233.00 Proyecto 15 Seccional del Meta 293.726.00 Proyecto 16 Seccional de Nariño 403.641.00 Proyecto 17 Seccional de Norte de Santander 368.831.00 Proyecto 18 Seccional del Quindío 317.215.00 Proyecto 19 Seccional de Risaralda 348.025.00 Proyecto 20 Seccional de Santander 470.461.00 Proyecto 21 Seccional de Sucre 319.616.00 Proyecto 22 Seccional del Tolima 428.449.00 Proyecto 23 Seccional del Valle 650.115,00 Proyecto 24 Seccional del Caquetá 277.604.00 Proyecto 26 Seccional del Putumayo 263.600.00
Decreto 2076 de 1971 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De 1a Vigencia De 1971, En La Cantidad De Diez Millones De Pesos ($ 10
Decreto 2076 de 1971 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.