Micelio

Artículo 61

El Juez De Tierras Del Circuito En Que Estuviere Ubicada La Finca Invadida Es Por Ocupación De Hecho; Si La Finca Perteneciere A Dos O Más Circuitos De Tierras De Los Distintos Circuitos En Donde Se Halle Ubicada, A Prevención

Decreto 59 de 1938 · Por el cual se reglamenta la Ley 200 de 1936, sobre régimen de tierras

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Juez de Tierras del Circuito en que estuviere ubicada la finca invadida es por ocupación de hecho; si la finca perteneciere a dos o más Circuitos de Tierras de los distintos Circuitos en donde se halle ubicada, a prevención.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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