Micelio

Artículo 8

Ley 28 de 1990 · por la cual el Congreso de la República y la Nación colombiana rinden homenaje a la memoria del doctor Antonio Roldán Betancour y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Asamblea Departamental de Antioquia, para que defina los mecanismos necesarios que conduzcan a la adopción de las medidas requeridas para la debida protección y amparo de la viuda y las hijas del doctor Antonio Roldán Betancour.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1990