°. A partir del 1° de julio del año en curso la asignación del Bibliotecario de la Presidencia de la República será de trescientos treinta ($ 330.00) pesos mensuales. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1395 de 1952 →Vigente
Artículo 3
A Partir Del 1° De Julio Del Año En Curso La Asignación Del Bibliotecario De La Presidencia De La República Será De Trescientos Treinta ($ 330
Decreto 1395 de 1952 · Por el cual se suprime un Cargo y se crea otro en la Presidencia de la República, y se dicta otra disposición
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.