El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le son contrarias y requiere para su validez la aprobación, mediante decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D E, a los quince (15) días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis.
Fdo. Oscar Montoya Montoya, Presidente.
Fdo. Clara Inés Lara, de Sánchez, Secretaria.