Micelio

Artículo 12

Mesas Técnicas

Decreto 4875 de 2011 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia - AIPI - y la Comisión Especial de Seguimiento para la Atención Integral a la Primera Infancia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mesas Técnicas. Son instancias asesoras de la Secretaría Técnica y del Comité Técnico. Constituyen espacios de discusión y construcción conjunta en los que participan las entidades de la Comisión con sus equipos técnicos para el diseño de instrumentos de gestión, implementación, seguimiento y evaluación de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia “De Cero a Siempre”. Las Mesas Técnicas sesionarán por lo menos una (1) vez al mes y estarán conformadas por los equipos técnicos de las entidades miembros de la Comisión. Están organizadas según se considere pertinente en mesas poblacionales, temáticas, territoriales o transversales.

Parágrafo 1

Podrán ser miembros regulares de las sesiones de las Mesas Técnicas otras entidades que la Comisión considere pertinentes.

Parágrafo 2

° . La creación, terminación, definición de la entidad que coordina las mesas técnicas, la designación de sus miembros, los objetivos y resultados esperados de cada mesa, son responsabilidad de la Comisión. La secretaría técnica de las mesas se hará de manera conjunta entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o quien haga sus veces, en coordinación con el sector que la Comisión defina.

Parágrafo 3

El sector que lidere cada mesa técnica deberá presentar los avances de su gestión ante la Comisión, al menos una vez al año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4875 de 2011