Micelio

Artículo 65

Los Guantes Deben Usarse Siempre Calzados Y No Cogidos En Las Manos

Decreto 1762 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército y de la Aviación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los guantes deben usarse siempre calzados y no cogidos en las manos. En climas cálidos sólo se usarán guantes con el uniforme de sociedad número 1; en presentaciones oficiales y para montar a caballo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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