º De surgir durante el proceso de liquidación obligaciones a cargo del Fondo de Reconstrucción -Resurgir-, diferentes a las previstas en el inventario inicial, la Sociedad Fiduciaria La Previsora Ltda., podrá proceder a su liquidación previa sustentación que de éstas realicen las personas interesadas en su cancelación.
Decreto 1215 de 1989 →Vigente
Artículo 5
º De Surgir Durante El Proceso De Liquidación Obligaciones A Cargo Del Fondo De Reconstrucción -Resurgir-, Diferentes A Las Previstas En El Inventario Inicial, La Sociedad Fiduciaria La Previsora Ltda
Decreto 1215 de 1989 · Por el cual se dictan normas sobre la liquidación del Fondo de Reconstrucción -Resurgir-.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.