Micelio

Artículo 1

°

Decreto 970 de 2021 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Asignaciones básicas. A partir del 1º de enero de 2021, se fijan las siguientes escalas de asignación básica mensual para los empleos correspondientes al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República: GRADO SALARIAL DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIAL 1 6.683.988 5.107.549 2.750.933 1.910.907 1.291.162 2 7.063.841 5.404.084 2.892.041 2.026.267 1.370.368 3 7.468.973 5.711.719 3.063.151 2.122.369 1.453.765 4 7.897.192 6.037.366 3.215.176 2.232.371 1.503.729 5 8.354.901 6.382.039 3.403.585 2.369.064 1.559.899 6 8.844.654 6.683.988 3.578.380 2.512.463 1.654.657 7 9.357.753 7.063.841 3.790.869 2.636.432 1.749.290 8 9.825.105 7.468.973 4.004.592 1.803.653 9 10.404.145 7.897.192 4.160.063 1.910.907 10 8.354.901 4.398.641 2.026.267 11 8.844.654 4.649.140 2.122.369 12 9.357.753 4.918.529 2.232.371 13 9.825.105 2.369.064 14 10.404.145 2.512.463 15 2.636.432 16 2.750.933 17 2.892.041

Parágrafo 1

°. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados de asignación básica que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Parágrafo 3

Los empleados del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director del organismo, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo que estén desempeñando; durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. El presente reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo o Asesor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 970 de 2021