Micelio

Artículo 2

º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 2975 de 1985 · Por el cual se aprueba un Acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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