Los servicios de investigación, experimentación, demostración, enseñanza, estadística y divulgación agrícolas y pecuarias obedecerán a un plan de conjunto cuya dirección corresponderá al Gobierno Nacional con la colaboración y cooperación de las entidades departamentales y municipales y de las Sociedades de Agricultura y Ganaderos, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley.
Ley 132 de 1931 →Vigente
Artículo 1
Ley 132 de 1931 · Por la cual se crea el Consejo Nacional de Agricultura y se fomentan los servicios de investigación, enseñanza y divulgación agrícolas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.