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Artículo 2

Integración De La Comisión Técnica Nacional Del Instituto Colombiano Del Deporte, Coldeportes

Decreto 2666 de 2004 · por el cual se reglamentan la Comisión Técnica Nacional de Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración de la Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes . La Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, estará integrada por cinco (5) miembros, de reconocida idoneidad en el deporte, así

1.

El Director Técnico del Comité Olímpico Colombiano.

2.

El Subdirector Técnico del Sistema Nacional del Deporte y Proyectos Especiales.

3.

Un académico de las facultades de educación física y deporte.

4.

Un ex deportista que haya representado al país, y

5.

Un representante del área técnica de los entes deportivos departamentales y de Bogotá, D. C.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2666 de 2004