º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto-ley 72 de 1986 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1987.
Decreto 167 de 1987 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias En Especial El Decreto-Ley 72 De 1986 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1987
Decreto 167 de 1987 · por el cual se fija el valor del punto para el personal Técnico - Cientifico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, que venía prestando sus servicios al Centro Interamericano de Fotointerpretación y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.