Micelio

Artículo 53

Reservistas De Primera Clase

Ley 1861 de 2017 · por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son reservistas de primera clase:

a)

Los colombianos que presten el servicio militar obligatorio;

b)

Los alumnos de las escuelas de formación de Oficiales y Subo­ficiales de las Fuerzas Militares, así como las Escuelas de For­mación de Oficiales, Suboficiales y Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional después de un (1) año lectivo;

c)

Los colombianos que acrediten haber prestado servicio militar en Estados con los cuales Colombia tenga convenios al respecto;

d)

Los alumnos de los establecimientos educativos autorizados como colegios militares o policiales dentro del territorio nacio­nal que reciban y aprueben las tres fases de instrucción militar o policial, y aprueben el año escolar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1861 de 2017