Micelio

Artículo 3

De Este Decreto Y Los Posea Por Todo El Tiempo De Su Vigencia

Decreto 1022 de 1962 · Por el cual se ordena la emisión de unos documentos de Deuda Pública Interna

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expedirá los documentos de crédito autorizados por este Decreto, en la medida en que las necesidades así lo exijan, con el solo requisito para su validez de que los títulos sean emitidos mediante acta por la Tesorería General de la República, y refrendados por la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1022 de 1962