Micelio

Artículo 8

La Imprenta Nacional Publicará Con La, Regularidad Requerida El Diario Oficial , Cuya Dirección Continuará A Cargo Del Ministerio De Gobierno

Decreto 820 de 1989 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 14 del 3 de mayo de 1974 de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Imprenta Nacional publicará con la, regularidad requerida el Diario Oficial , cuya dirección continuará a cargo del Ministerio de Gobierno. La Junta Directiva y el Gerente del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia conforme a sus respectivas competencias, tomarán las decisiones administrativas y financieras necesarias para el sostenimiento y para la regular publicación y difusión del Diario Oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 820 de 1989