Art. 1.º Los decretos del Poder Ejecutivo serán numerados de modo que los de cada año formen una serie continua que comience por la unidad, a fin de que puedan ser citados por solo el numero i el año correspondientes.
Decreto 18731215 de 1873 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18731215 de 1873 · sobre numeracion de los decretos del Poder Ejecutivo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.