Micelio

Artículo 4

º Los Remanentes Que Se Presentan En La Aplicación De Los Recursos Entregados A La Corporación Financiera Del Transporte S

Decreto 1976 de 1988 · Por el cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 30 de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los remanentes que se presentan en la aplicación de los recursos entregados a la Corporación Financiera del Transporte S.A., se reintegrarán al Fondo Vial Nacional. Se exceptúan las partidas originadas por pérdida temporal de este derecho, las cuales ingresarán al patrimonio de la Corporación Financiera del Transporte S.A., como aporte del Gobierno Nacional en acciones de clase A.

Parágrafo

La Corporación Financiera del Transporte S.A., hará corte de cuentas semestralmente, a 30 de junio y a 31 de diciembre de cada año y enviará sus estados a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público dentro del mes siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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